CONVENIO DE EJECUCIÓN DE PLAN DE GESTIÓN
PROGRAMA DE APOYO A
ORGANIZACIONES CULTURALES COLABORADORAS
LÍNEA DE FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN Y
PROGRAMACIÓN
MODALIDAD DE TRAYECTORIA
CONVOCATORIA 2021
En Valparaíso de Chile, a 09 de diciembre de 2021, entre el
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en adelante el
“MINISTERIO”, a través de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en
adelante la “SUBSECRETARÍA”, representada para estos efectos por doña Constance
Harvey Bohn Secretaria Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio, región de Valparaíso, ambos domiciliados en Sotomayor Nº 233 piso
2, comuna de Valparaíso, ciudad de Valparaíso, en adelante la “SEREMI” y Corporación
cultural de Putaendo, Rol Único Tributario N° 74.543.900-4, representado
legalmente por don Darío Esteban Cuevas Valencia, cédula de identidad Nº
17.300.674-8 ambos domiciliados(as) en O`Higgins Nº 35, comuna de Putaendo, en
adelante el “RESPONSABLE”, se acuerda celebrar el siguiente Convenio de
Ejecución de Proyecto:
PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES. El presente Convenio de
Ejecución de plan de gestión se suscribe en el marco del Programa de Apoyo a
Organizaciones Culturales Colaboradoras, Convocatoria 2021, Línea
Fortalecimiento de la Gestión y Programación, Modalidad de Trayectoria,
convocado por el Ministerio, mediante Resolución Exenta N° 1772, que aprobó las
bases del indicado Programa, de 2021 y de la Subsecretaría.
SEGUNDO: PLAN DE GESTIÓN Y RECURSOS ASIGNADOS. El plan de
gestión Folio N° 619733 titulado Plan de Gestión 2022 de la Corporación
Cultural de Putaendo del RESPONSABLE fue seleccionado asignándosele para su
ejecución la suma de $76.941.525, lo que fue formalizado por la Resolución
Exenta N° 3303, de 2021, de esta Subsecretaría.
Individualización
del plan de gestión
Plan de
gestión Folio N° |
619733 |
||
Título |
Plan de Gestión 2022 de la Corporación Cultural de Putaendo
|
||
Responsable
|
Corporación Cultural de Putaendo |
||
Línea y
modalidad |
Fortalecimiento
de la Gestión y Programación Modalidad de Trayectoria |
||
Recursos
Asignados Ministerio |
$76.941.525 |
||
Monto
Cofinanciamiento |
|
$2.355.353 |
|
Monto
total de recursos del plan de gestión |
$79.296.878 |
TERCERO: ENTREGA DE RECURSOS. El Ministerio entregará la suma
asignada en 1 cuota equivalente al 100% del monto asignado, una vez tramitado
completamente el acto administrativo que apruebe el presente convenio y se haya
dado cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula séptima de este instrumento,
según corresponda.
CUARTO: OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE. El RESPONSABLE se
encuentra obligado a:
a) Ejecutar
totalmente el plan de gestión. Se entenderá por plan de gestión, el contenido
expuesto por el RESPONSABLE en su postulación y los antecedentes condicionales
y obligatorios de evaluación. Se deja constancia que el plan de gestión incluye
todas las actividades que en él hubiesen sido comprometidas, sea que éstas se
financien con recursos propios, de terceros o con los que son entregados por el
Ministerio a través del presente instrumento.
b) Destinar
los recursos asignados exclusivamente a las actividades y objetivos previstos
en el plan de gestión.
c) Presentar,
en la forma señalada en la cláusula sexta de este convenio, rendiciones de cuenta y actividades
mensuales, e informe de actividades final, todos referidos a la ejecución
del plan de gestión, en las fechas que a continuación se indican:
•
Rendiciones
de cuenta y actividades mensuales, referidas a los gastos y actividades
realizados y comprendidos en el plan de gestión durante cada mes, debiendo ser
presentadas a más tardar los días:
- 15
de febrero de 2022
- 15
de marzo de 2022
- 15
de abril de 2022
- 16
de mayo de 2022
- 15
de junio de 2022
- 15
de julio de 2022
- 15
de agosto de 2022
- 15
de septiembre de 2022
- 17
de octubre de 2022
- 15
de noviembre de 2022
- 15
de diciembre de 2022
- 16
de enero de 2023
•
Informe
Final de actividades: el que deberá
ser presentado a más tardar el día 30 de
enero de 2023, correspondiente a todas las actividades realizadas durante
el año de ejecución del plan de gestión.
No se aceptarán informes presentados en otros formatos.
Asimismo, en caso que el Ministerio requiera mayor información respecto de la
ejecución del plan de gestión, el RESPONSABLE deberá presentar informes
complementarios.
d) Informar
el detalle de las comunas en que se desarrollarán las actividades.
e) Generar
una cuenta corriente única para la administración de los recursos transferidos
en virtud del presente convenio, especialmente destinada para estos efectos y
que no podrá ser utilizada con otros fines que los previstos en el presente
convenio.
f) Incorporarse
a la plataforma www.eligecultura.cl, manteniendo información actualizada de la
oferta programática de la organización, con el objetivo de favorecer la
difusión de información cultural y el acceso por parte de la ciudadanía.
g) Facilitar
y colaborar con las acciones de supervisión y control de la ejecución del Plan
de Gestión que le corresponden al Ministerio.
h) Implementar
en la página web institucional un link de “Transparencia” que permita y
facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa
a la ejecución de los recursos públicos, que en el marco de este convenio se le
transfieran, entre estos deberá:
(i) Contener el detalle de los recursos que
percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de
acuerdo al formato proporcionado por el MINISTERIO. De conformidad
con lo dispuesto en la Ley Nº 20.285, sobre acceso a la información
pública.
i) Mantener
la garantía con vigencia mientras se encuentre rigiendo este instrumento de conformidad
a lo establecido en la cláusula de este convenio denominada “vigencia del
convenio”.
j) Acreditar
domicilio, en este acto, mediante entrega del respectivo documento o
certificado emitido para tales efectos. Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado
oportunamente por escrito a la SUBSECRETARIA, acompañando el documento
correspondiente, donde conste el nuevo domicilio.
k) Financiar,
ya sea con recursos propios o de terceros, todos los gastos necesarios para la
ejecución del plan de gestión que no son financiados por el Ministerio de
conformidad con lo establecido en las bases.
l) El
RESPONSABLE, en la ejecución del plan de gestión, deberá dar estricto
cumplimiento a las disposiciones contempladas en la Ley N° 17.336 de Propiedad
Intelectual, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier infracción a
dicha normativa.
m) Se
deja expresa constancia que en caso que posteriormente a la suscripción del
presente instrumento en el plan de gestión se comprometa, afecte y/o incluya la
utilización total o parcial de obras protegidas por el Derecho de Autor y cuyos
titulares sean personas distintas al RESPONSABLE, las respectivas
autorizaciones, otorgadas conforme a la Ley N° 17.336, deberán ser acompañadas
en el Informe
Final.
n) Dar
cumplimiento a la normativa respecto del Depósito Legal, establecida en la Ley N° 19.733, por lo que en los casos que
corresponda, deberá entregarse comprobante de entrega de los ejemplares
respectivos, ya sea en la Biblioteca Nacional o en las Bibliotecas Públicas
regionales, acreditando de esta forma el cumplimiento de esta obligación legal;
y que en caso de no acreditación, se entenderá incumplimiento de convenio, no
pudiendo otorgarse el certificado de ejecución total.
o) Adjuntar
al Informe Final un medio de verificación de ejecución del plan de gestión, sea
registro audiovisual, fotográfico, un ejemplar del producto del plan de
gestión, o cualquier otro medio que permita verificar la fiel ejecución del
plan de gestión, según la naturaleza del mismo. Los materiales o soportes entregados
como medios de verificación quedarán en el expediente del plan de gestión, sin
ser devueltos al RESPONSABLE. Asimismo, no podrán ser utilizados por el
Ministerio para ningún otro uso distinto del de verificación de ejecución,
salvo autorización contraria del RESPONSABLE.
p) El
RESPONSABLE deberá realizar actividades de difusión del plan de gestión que se
financia en virtud del presente convenio en establecimientos escolares de
educación pública y/o en las comunidades próximas a ellos, de conformidad a lo establecido en la
Ley de Presupuesto Público del año 2021. Las actividades realizadas deberán ser
detalladas en el Anexo N° 4, el cual deberá ser entregado en el Informe Final,
formando parte integrante de éste. En caso que las actividades sean rechazadas
por la SUBSECRETARÍA, el RESPONSABLE deberá entregar una propuesta de
actividades a la SUBSECRETARÍA la cual deberá ser aprobada por la
SUBSECRETARÍA. Una vez realizadas las actividades, el RESPONSABLE deberá
presentar nuevamente el Anexo N° 4, para aprobación de la SUBSECRETARÍA.
q) Cumplir
con las demás obligaciones establecidas en las respectivas bases de
convocatoria pública y que fueron aceptadas con la presentación de la
postulación.
r) De
conformidad a lo establecido en el artículo 23 letra a) de la ley N° 21.289 que
aprueba el Presupuesto Público para el año 2021, se deja constancia que el
presente convenio para la ejecución del plan de gestión contempla las
siguientes metas:
•
Ejecutar, al menos, dos acciones y/o actividades
vinculadas a los objetivos de desarrollo organizacional, vinculación con el
entorno, fortalecimiento de la programación y desarrollo de públicos.
•
Ejecutar actividades en las siguientes comunas:Comuna
de Putaendo.
s) En
conformidad a lo exigido en el artículo 23 letra d) de la ley N° 21.289, en
caso que la presente transferencia de recursos sea por un monto superior a
2.000 UTM, el RESPONSABLE deberá publicar el presente convenio en su página
web, junto con los estados financieros, balance y memoria anual de actividades.
t) En
conformidad a lo exigido en el artículo 23 de la ley N° 21.289, en caso que el
Responsable no cumpla con las obligaciones de la ley N° 19.862 no podrán ser
transferidos los recursos asignados hasta que no subsane dicha situación,
situación por la que deberá velar la SUBSECRETARÍA.
u) En
conformidad a lo establecido en el inciso cuarto del artículo 23 de la ley N°
21.289, se deja constancia que el incumplimiento por parte del RESPOSANBLE de
las disposiciones de la ley de presupuesto, de las instrucciones que el
Ministerio de Hacienda dicte en conformidad a la letra a) del mencionado
artículo o de los términos del presente convenio, la Subsecretaría no podrá
efectuar nuevas transferencias de recursos hasta que no haya sido subsanado
dicho incumplimiento, situación por la que deberá velar la SUBSECRETARÍA.
v) En
conformidad al inciso final del artículo 23 de la ley N° 21.289, se deja
constancia que en caso que el RESPONSABLE haya sido con anterioridad receptor
de fondos públicos y se encuentre en la obligación de restituir todo o parte de
ellos, el Fisco deberá compensar el monto adeudado con cargo a la presente
transferencia, situación por la que deberá velar la SUBSECRETARÍA.
w) Cumplir
con las demás obligaciones establecidas en la ley N° 21.289 que aprueba el
presupuesto público para el año 2021.
QUINTO: MODIFICACIONES AL PLAN DE
GESTIÓN
Cualquier tipo de modificación al convenio, de actividades
que afecten los ejes y objetivos del plan de gestión, gastos propuestos,
prórrogas o reitemizaciones del monto asignado deberán solicitarse por el
RESPONSABLE con al menos 15 días hábiles de anterioridad a la fecha prevista de
su realización o dentro de los 15 días hábiles posteriores en caso fortuito o
de fuerza mayor de manera fundada y por escrito al Ministerio. Si se requieren
antecedentes adicionales para resolver, estos serán solicitados al RESPONSABLE,
quien deberá presentarlos por escrito, en un plazo máximo de 5 días hábiles a
partir de la notificación del requerimiento. De no cumplirse este plazo, la
solicitud se entenderá no presentada.
Dicha solicitud será resuelta discrecionalmente por el
Ministerio y en caso que sea aprobada se deberá suscribir un anexo
modificatorio al presente instrumento, el que entrará en vigencia una vez
aprobado el acto administrativo, el cual deberá ser notificado por el
Ministerio al RESPONSABLE. La modificación sólo podrá ejecutarse una vez que se
cumpla con lo anterior. Toda modificación efectuada sin la autorización
correspondiente facultará al Ministerio para aplicar las sanciones estipuladas
en la cláusula décima de este instrumento.
Se deja expresa constancia que los gastos de RRHH no podrán
incrementarse en caso alguno.
En caso que la modificación solicitada se refiera al
otorgamiento de una prórroga para la ejecución del plan de gestión, el
RESPONSABLE deberá renovar la caución otorgada conforme a las Bases de concurso
y aceptarse en los mismos términos señalados en la cláusula sexta de este
convenio. Sólo entregada la nueva garantía por el RESPONSABLE al Ministerio se
podrá suscribir el anexo modificatorio.
Por otra parte, el RESPONSABLE podrá realizar otro tipo de
modificaciones distintas a las ya mencionadas y que se refieran a aspectos no
esenciales del plan de gestión. En este caso se deja expresa constancia que el
RESPONSABLE deberá conservar los criterios, ejes u objetivos de la propuesta
original. La solicitud de este tipo de modificaciones deberá ser presentada por
el RESPONSABLE a la Jefatura de la Unidad de Coordinación de Convenios
Institucionales, con al menos 15 días hábiles de anterioridad a la fecha
prevista de su realización, o dentro de los 15 días hábiles posteriores en caso
fortuito o de fuerza mayor, de manera fundada y por escrito, quien determinará
en base a los antecedentes presentados que la modificación sea efectivamente de
aquellas a las que se refiere este inciso.
En caso afirmativo, certificará tal situación, procediendo
a resolver discrecionalmente. Si se requieren antecedentes adicionales para
resolver, estos serán solicitados al RESPONSABLE, quien deberá presentarlos por
escrito, en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la notificación del
requerimiento. De no cumplirse este plazo, la solicitud se entenderá no
presentada.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, se deja expresa
constancia que en caso de no realizar otra actividad en reemplazo de alguna que
haya sido cancelada, el RESPONSABLE deberá restituir el saldo proporcional
correspondiente al Ministerio.
SEXTO: INFORME(S) MENSUALES E
INFORME FINAL
Para acreditar fehacientemente la ejecución del plan de
gestión y la debida utilización de los recursos asignados, el RESPONSABLE
deberá presentar el/los Informes de Avance y Final en las fechas señaladas en
la letra c) de la cláusula cuarta de este Convenio, los que deberán contener:
a) Individualización completa del plan de gestión:
Nº Folio, título y Línea al que se postula.
b) Individualización del RESPONSABLE: razón
social, rol único tributario, domicilio legal, nombre completo del
representante legal, cédula de identidad nacional del representante legal,
domicilio del representante legal, teléfono y correo electrónico.
c) Informe de Actividades: Relación completa de
las actividades realizadas, ordenadas cronológicamente y en concordancia con
las contempladas en la postulación. Deberá incluir toda circunstancia suscitada
a partir del inicio de ejecución del convenio que no se encontrare contemplada
originalmente en el mismo.
a) Cofinanciamiento
Obligatorio consistente en dinero propio y/o de terceros: El RESPONSABLE
deberá acreditar el cofinanciamiento obligatorio comprometido en el proyecto,
sea como aporte propio o como aporte de tercero. Para ello, el informe
contendrá una relación detallada de los gastos realizados y comprendidos en el
Proyecto como cofinanciamiento obligatorio.
En su informe deberá acreditar el cofinanciamiento
obligatorio consistente en aportes propios pecuniarios comprometidos,
entregando copia de toda la documentación que acredite los gastos, según la
naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).
En relación al cofinanciamiento obligatorio consistente en
aportes pecuniarios de terceros, en el respectivo informe deberá realizar la
acreditación de los gastos, de la siguiente manera:
•
Aportes
de terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la
Ley 18.985: En el caso de aportes derivados de donaciones con fines
culturales acogidos a los beneficios tributarios establecidos en el artículo 8°
de la Ley 18.985: se deberán acreditar acompañando copia simple del certificado
que acredita donación con fines culturales con beneficio tributario, de acuerdo
a lo dispuesto en la Ley de Donaciones Culturales (artículo 8° Ley N° 18.985) y
su Reglamento, y copia simple del “Estado de las fuentes y uso detallado de los
recursos recibidos” a que se refiere el artículo 11° contenido en el artículo 8
de la Ley antes mencionada; o en subsidio, copia de la rendición de cuentas que
acredite los gastos, según la naturaleza de los mismos (boleta, factura, etc.).
•
Aportes
de terceros efectuados por otras entidades públicas: se efectuará
entregando copia de la aprobación de la rendición de cuentas respectiva por
parte de la entidad pública que realizó el aporte o en subsidio, copia de la
rendición de cuentas entregada a la entidad pública aportante.
En todo caso, para ambos casos se deja constancia que el
RESPONSABLE deberá mantener en su poder copia de la respectiva documentación de
respaldo del gasto del aporte, la que podrá ser solicitada por la SUBSECRETARÍA
para efectos de aprobación del respectivo informe.
•
Otros
Aportes de Terceros: se acreditará entregando copia de la documentación que
acredite los gastos, según la naturaleza de los mismos (boleta, factura,
etc.).
El cofinanciamiento obligatorio deberá ser ejecutado en su
totalidad.
En el caso que por alguna causa debidamente justificada el
RESPONSABLE no pueda acreditar los aportes de terceros que constituyen
donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985 y los aportes de
terceros efectuados por otras entidades públicas de la manera indicada
precedentemente, dichos aportes deberán ser acreditados entregando copia de la
documentación que acredite los gastos, según la naturaleza de los mismos
(boleta, factura, etc.).
Si el RESPONSABLE no acreditare el cofinanciamiento
obligatorio comprometido en la postulación, habilitará al MINISTERIO para
aplicar las sanciones establecidas en la cláusula décima de este Convenio.
Respecto de aportes en dinero y en caso que las actividades
se encuentren ejecutadas, si no ha existido una modificación aprobada y en la
rendición del proyecto se constata que el monto gastado fue menor, o si falta
documentación que acredite el gasto, deberá restituirse a la Subsecretaría el
proporcional de dicha rebaja, cumpliendo así la distribución del presupuesto
(dinero) entre el monto aportado por el Ministerio y los montos contemplados
como cofinanciamiento en dinero.
d) Informe
Financiero: Rendición de Cuentas: Contendrá una relación detallada de los
gastos realizados y comprendidos en el Plan de gestión a la fecha de
presentación del informe, en relación a los recursos entregados por la
Subsecretaría. Los gastos de esta
rendición de cuentas serán acreditados, en cada caso, en conformidad a las disposiciones
establecidas en la Resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la
República.
Se deja expresa
constancia que de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la
Resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, sólo se
aceptarán como parte de la rendición de cuentas del plan de gestión, los
desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitación del acto
administrativo que apruebe el presente convenio de ejecución.
En todos los documentos tributarios electrónicos que se incluyan en la
rendición de cuentas referida al plan de gestión, el RESPONSABLE deberá
solicitar al proveedor, que se incorpore en la columna detalle de la factura
electrónica o boleta electrónica, lo siguiente: “Plan de gestión financiado por
el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio” indicando el número
de resolución y fecha que aprobó el convenio; o el número de Folio del Plan de
gestión; o el nombre del Plan de gestión”
Los ítems a rendir son:
•
Gastos de
operación: entendidos como aquellos necesarios para la producción y
realización del Plan de gestión, que consisten generalmente en gastos por
servicios o bienes que no subsisten después de la ejecución del Plan de gestión
(bienes consumibles). En este ítem
se contempla lo siguiente:
! Contratación
de los/as trabajadores/as de artes y espectáculos. Esta contratación, deberá
realizarse de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Nº
19.889.
! Contratación
de trabajadores/as dependientes del RESPONSABLE contratados vía Código del
Trabajo.
! Gastos
de capacitación, que no pueden superar el 30% del
monto solicitado en la Convocatoria, entendidos como gastos asociados a la formación en competencias técnicas y
administrativas de los equipos de trabajo o públicos asociados al plan de
gestión, necesarias para el funcionamiento de la organización cultural u otras
temáticas ligadas a las orientaciones del plan de gestión, como por ejemplo,
cursos de formación en gestión cultural, desarrollo de públicos y audiencias,
gestión de financiamiento, marketing cultural, perfilamiento de cargos y
funciones, adquisición de competencias técnicas, planificación estratégica,
entre otras.
! Gastos
de gestión, entendido como gastos asociados al arriendo de infraestructura y
equipamiento, gestión administrativa, servicios contables, arriendo salas de
ensayo, suministros, entre otros.
! Gastos
de circulación y exhibición de bienes y servicios culturales, entendidos como
gastos asociados a pagos por concepto de derechos de autor y derechos conexos,
contratación de artistas, servicios técnicos y profesionales que no involucren
un vínculo de subordinación y dependencia, arriendo de fichas técnicas,
contratación de bienes y servicios culturales, incluyendo la contratación de
obras, contratación de seguros para una obra o servicio cultural, transporte de
bienes culturales (usando empresas formales de transporte).
! Gastos
de alojamiento y transporte, tanto del equipo de trabajo, como de aquellas
personas que trabajen en la circulación de contenidos a lo largo del plan de
gestión y, en general, todo tipo de transporte relacionado con la ejecución del
plan de gestión (combustible, peajes, estacionamiento, taxi y locomoción
local).
! Gastos
por concepto de pagos de derechos de autor y/o derechos conexos.
! Gastos
de estrategias de promoción y difusión de la programación, entendido como
gastos de actividades de promoción y difusión, tales como, estudio de
audiencias, estrategias e implementación de planes de marketing, contratación
de servicios de venta de tickets, entradas o boletos por comercio electrónico o
cualquier otra plataforma de venta virtual, servicios de plan de medios que
incluye prensa, medios de comunicación u otros soportes, desarrollo de sitios y
dominios web y gestión de redes sociales.
! Gastos
de actividades de desarrollo de públicos y mediación de la programación, entendidos
como gastos asociados a la
generación de actividades de fidelización o generación de nuevos públicos, así
como al desarrollo o contratación de productos y servicios de mediación
cultural tales como programas pedagógicos, audio guías, actividades de formación
de audiencias, conversatorios, talleres, etc.
! Gastos
asociados a la sanitización y desinfección de los espacios de trabajo y de
atención de público a fin de evitar la propagación del COVID-19, entendidos
como los gastos asociados a la adquisición de elementos de protección personal
(ej.: mascarillas, guantes, escudos faciales, alcohol gel, entre otros).
! Gastos
de sanitización y desinfección de espacios, de acuerdo al Protocolo de Limpieza
y desinfección de ambientes, Covid-19 del Ministerio de Salud, pudiendo hacerse
a través de los propios trabajadores (ej.: compra de insumos de limpieza y
sanitización), o por medio de la contratación de empresas de servicios
especialistas en limpieza y/o sanitización.
! Gastos
de adquisición de bienes (insumos) o servicios que sean necesarios para dar
cumplimiento a las medidas de manejo y prevención ante el Covid-19, que
instruya la autoridad sanitaria.
Los gastos de alojamiento y traslados deberán tener
relación con las actividades comprometidas en el Plan de gestión, y en el marco
del buen cumplimiento de sus objetivos, lo que será certificado por la
autoridad a cargo del seguimiento de la ejecución del Plan de gestión. Al
respecto es importante tener presente que:
- Los
presupuestos entregados durante el proceso de postulación forman parte integral
del Plan de gestión.
- Los gastos
de alojamiento y traslados contenidos en el presupuesto original para poder ser
modificados requerirán que el postulante presente en forma previa a su
realización, una solicitud en dicho sentido a la autoridad a cargo del
seguimiento de la ejecución del Plan de gestión. Dicha solicitud deberá ser
presentada de manera fundada y con al menos 20 días hábiles a su realización.
La autoridad revisará los antecedentes y si a su juicio la modificación se
encuentra ajustada a lo establecido en las presentes bases, la aprobará
emitiendo el respectivo certificado. En caso que la solicitud sea rechazada,
dicha decisión deberá ser fundada, debiendo la autoridad emitir el respectivo
certificado.
- En caso
que el RESPONSABLE no presente en forma previa su solicitud de modificación,
fundamentado en razones de caso fortuito o fuerza mayor, podrá solicitar la
ratificación de dicha modificación por parte de la autoridad a cargo del
seguimiento del Plan de gestión, dentro de los 10 días siguientes de efectuado
el gasto. La autoridad revisará los antecedentes y si a su juicio existen
razones de caso fortuito o fuerza mayor y la modificación se encuentra ajustada
a lo establecido en las presentes bases, ratificará la modificación emitiendo
el respectivo certificado. En caso que la modificación no sea ratificada, el
gasto deberá ser financiado por el RESPONSABLE con recursos propios o de
terceros.
- Para
incurrir en gastos de alojamiento, éstos deben estar permitidos en las bases y
considerados en los presupuestos entregados al momento de la postulación, para
lo cual se debe observar lo siguiente:
(a) Actividad cultural objeto del Plan de gestión (nombre
de la actividad cultural); (b) lugar (localidad (es)), fecha (s) y hora (s)
donde se realiza la actividad cultural (Ej. Cochrane, Lautaro, Putre, Los
Vilos, etc.); (c) número y nómina de las personas del equipo que tendrá a cargo
y participará de su ejecución, (nombre, cédula nacional de identidad, vínculo
con el responsable del Plan de gestión; (d) fecha de desarrollo de la actividad
cultural; (e) desplazamiento, desde, hasta, número de personas, indicar
relación laboral con el ejecutor del Plan de gestión, entre otros aspectos.
- Los gastos
de alojamiento, deben rendirse con factura las cuales deben contener en su
detalle la individualización de las personas alojadas y los servicios
asociados. En la rendición de cuentas de estos gastos, además de la
documentación tributaria se debe incluir copia de las cotizaciones y cuando
corresponda la nómina de las personas que alojaron.
- Los gastos
de traslados para cuando las obras artísticas o Plan de gestión deben
realizarse en una ciudad distinta a aquella en que el trabajador tiene su
domicilio, se debe enviar planilla con el desglose del gasto, esto es, indicar
actividades culturales asociadas, lugar de desplazamiento, y fechas, adjuntando
los respaldos respectivos y debe ser firmado por el RESPONSABLE de la ejecución
del Plan de gestión.
Los gastos de operación deberán rendirse con los
respectivos documentos tributarios facturas y/o boletas (cualquiera sea la
naturaleza del gasto), presentadas en original y a nombre del RESPONSABLE del
Plan de gestión, con su respectivo comprobante que dio origen a su pago. En cuanto
a los gastos de alojamiento y traslados, estos deberán rendirse de la manera ya
señalada.
La contratación de trabajadores(as) dependientes del
RESPONSABLE contratados vía Código del Trabajo y de contratación de los (as)
trabajadores(as)de artes y espectáculos deberás rendirlos con el respectivo
contrato de trabajo más las liquidaciones de sueldo, la respectiva planilla de
pago de cotizaciones previsionales y formulario Nº 29 del Servicio de Impuestos
Internos (SII) que acredite el pago.
Se hace presente que los gastos asociados al equipo de
trabajo estable (RRHH en sección Presupuesto del FUP), no pueden superar el 60%
de lo solicitado en la Convocatoria.
•
Gastos de
honorarios: deberán rendirse con boletas de honorarios, electrónicas o en
papel debidamente autorizadas por el (SII), adjuntando copia del contrato, la
recepción conforme de los servicios prestados por las personas contratadas a
honorarios a través de un informe de las actividades realizadas firmado por
el(la) prestador(a) de servicios y por el empleador. En el evento que se
hubiesen realizado retenciones, se deberá adjuntar copia del Formulario N° 29
del SII debidamente timbrado a través del cual se acredite el pago de dicha
retención en arcas fiscales y libro de retenciones de honorarios. Para la
rendición del gasto derivado del pago de honorarios por la prestación de
servicios en el país de personas naturales extranjeras, se deberá adjuntar, a
la respectiva boleta de honorarios, copia de contrato de prestación de
servicios, una copia legalizada de la visa de trabajo vigente o una copia
legalizada del permiso de trabajo para turistas/artistas, según corresponda, y
copia del Formulario N° 50 del SII, por el entero en arcas fiscales de las
retenciones relacionadas.
•
Gastos de
inversión: deberán rendirse con factura original copia cliente y a nombre
del RESPONSABLE. Excepcionalmente, se podrán justificar con boleta de
compraventa que incluya detalle de la compra, a nombre del RESPONSABLE.
Respecto de este ítem, la Subsecretaría evaluará la pertinencia de imputar el
100% del gasto al Plan de gestión, según la adquisición de que se trate, su
justificación y la naturaleza del Plan de gestión.
Se hace presente que los gastos de inversión no pueden
superar el 20% de lo solicitado en la Convocatoria.
Todo lo anterior de conformidad con lo regulado en las respectivas
bases de convocatoria.
El informe financiero deberá ser presentado de forma
ordenada (numerada), en pesos chilenos expresando el monto de la conversión en
caso de ser moneda extranjera. En este último caso deberá tomarse como
referente el tipo de cambio del día en que se realizó el gasto (publicado en www.bcentral.cl). Excepcionalmente, cuando se
trate de gastos menores, el valor para realizar la conversión en pesos chilenos
será un promedio del mes en que se efectuó dicho gasto. Se deja constancia que
si al efectuar la rendición con los tipos de cambios mencionados, existe un
mayor costo en los gastos asociados al Plan de gestión, éste debe ser asumido por
el RESPONSABLE. En caso contrario, es decir, si el costo de los gastos
asociados al Plan de gestión es menor que lo adjudicado, los recursos sobrantes
deberán ser reembolsados al Ministerio en los mismos términos contemplados en
la cláusula quinta.
Adjuntar a la planilla las boletas y facturas adheridos a
una hoja en la parte superior, todas las cuales deberán ser individualizadas
con el número de la planilla citada y un listado que indique claramente el
número de boleta o factura, nombre de emisor y monto pagado.
e) Adjuntar al Informe Final los datos
que se indican en el modelo de Ficha de Información de Plan de gestión, la que
se entrega al “RESPONSABLE” por la SUBSECRETARÍA, o por el funcionario
competente para ello, al momento de la firma del presente Convenio, pasando a
formar parte del mismo para todos los efectos legales. El “RESPONSABLE” deberá
llenar este documento de manera ordenada, clara y concisa, con la información
que allí se solicita.
El detalle de las actividades y de las cuentas de cada informe deberá
coincidir en su contenido con la propuesta realizada por el RESPONSABLE en el
Plan de gestión y/o la respectiva readecuación de actividades o presupuestaria,
previamente aceptada por el Ministerio.
La SUBSECRETARÍA está facultada para objetar los informes y
rendiciones de cuentas, casos en los cuales solicitará aclaración o mayores
antecedentes para su aprobación, otorgando plazo al efecto. Si los nuevos
documentos fueren insatisfactorios, la autoridad referida podrá rechazarlos
definitivamente, aplicando las sanciones de la cláusula décima de este
convenio, lo que será notificado al RESPONSABLE.
SÉPTIMO: GARANTÍA. Para los efectos de garantizar la completa
ejecución del Plan de gestión y el fiel
cumplimento de las obligaciones del presente convenio, el RESPONSABLE, deberá
entregar una letra de cambio autorizada ante Notario, en favor de la
SUBSECRETARÍA, RUT N° 60.901.002-9, a la vista y por el mismo monto asignado al
Plan de gestión. La entrega se esta garantía será requisito indispensable para
la transferencia de recursos. Este documento será restituido por el Ministerio
al RESPONSABLE una vez que se haya dictado la resolución que aprueba el cierre
administrativo del convenio.
La garantía deberá renovarse cuando hayan transcurrido 6
meses desde su emisión, en idénticos términos que los referidos en el inciso
anterior, hasta que se certifique la ejecución total del Plan de gestión por el
monto asignado, en idénticos términos que los señalados en esta cláusula. El
incumplimiento de esta obligación, facultará a la SUBSECRETARÍA para aplicar
las sanciones establecidas en la cláusula décima. Los gastos que se realicen
para el otorgamiento de esta garantía no podrán ser imputados como gastos del
Plan de gestión.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en este
instrumento facultará a la SUBSECRETARÍA para aplicar las sanciones
establecidas en la cláusula décima.
OCTAVO: DERECHOS AUTORALES. En el evento que el plan de gestión
comprometa, afecte o incluya total o parcialmente obras protegidas por la Ley
de Propiedad Intelectual y cuyos titulares de derechos de autor sean personas
distintas del RESPONSABLE, éste será única y exclusivamente RESPONSABLE frente
a conflictos que pudieran derivarse de la infracción a la Ley N° 17.336 sobre
Propiedad Intelectual, liberando expresamente al Ministerio de cualquier
responsabilidad para con los autores y entidades que cautelen derechos de esa
naturaleza.
NOVENO: RECONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN. En toda publicación, escrito,
propaganda o difusión -de cualquier naturaleza y soporte- referida al plan de
gestión, el RESPONSABLE deberá especificar que el plan de gestión ha sido
financiado por el Programa de apoyo a organizaciones culturales colaboradoras,
Convocatoria 2021, debiéndose incluir -en la portada de su material y de manera
destacada- el logotipo institucional del Ministerio. El que además deberá
incluirse en la obra (resultado del plan de gestión), cualquiera sea su soporte
de distribución (video, CD, TV, cine, DVD, Web, papel, impreso, etc.). Este
logotipo será entregado por la SUBSECRETARÍA o por el funcionario competente, o
podrá ser descargado de la página web http://www.cultura.gob.cl/grafica-corporativa/ y se utilizará conforme las siguientes
proporciones básicas:
• El
logo debe estar presente en proporciones y color definidas en el Manual de Uso
de Imagen Corporativa del Ministerio www.cultura.gob.cl/grafica-corporativa (Tamaño mínimo de 3 cm en material impreso y
150 pixeles en materiales digitales, de preferencia en el extremo superior o
inferior izquierda.)
• En
caso que el plan de gestión comparta su financiamiento con fuentes diversas al
Ministerio, el uso del logo deberá estar en proporción al tamaño de los logos
de las entidades que hayan cofinanciado el plan de gestión.
• En
los soportes de audio se deberá incluir la mención “Plan de gestión Financiado
por el Programa de apoyo a organizaciones culturales colaboradoras,
Convocatoria 2021” y en los soportes audiovisuales, se deberá incluir al inicio
o al cierre el logo del Ministerio con la leyenda “Plan de gestión Financiado
por el Programa de apoyo a organizaciones culturales colaboradoras,
Convocatoria 2021”.
• Además,
la entidad receptora o (EL RESPONSABLE) deberá incluir la frase “Plan de gestión financiado por el
Programa de apoyo a organizaciones culturales colaboradoras, Convocatoria 2021
del Ministerio" en todos sus Comunicados de Prensa, en un lugar destacado,
que no podrá ir más allá del tercer párrafo del cuerpo del texto, y en la
“bajada” (texto que sigue al título) de las notas que se envíen a medios de
comunicación.
La SUBSECRETARÍA supervisará el acatamiento del uso del
logo. Para ello, el RESPONSABLE deberá exhibir todo material gráfico de difusión
antes de ingresar a imprenta o estudio, el que será visado por la
SUBSECRETARÍA, dejándose constancia de ello en los antecedentes del plan de
gestión.
El incumplimiento de las obligaciones referidas en esta
cláusula facultará a la
SUBSECRETARÍA a rechazar el gasto incurrido bajo estos
conceptos, obligándose el RESPONSABLE a solventarlos en su totalidad. En estos
casos podrá aplicar las sanciones de la cláusula décima.
Los créditos precedentemente detallados deberán
incorporarse durante toda la vida del plan de gestión.
Para efectos de difusión de las obras ganadoras, la SUBSECRETARÍA podrá solicitar al RESPONSABLE
la entrega de un extracto de la obra que versa su plan de gestión.
(Fotografía digital, material de audio, material
audiovisual, etc.)
DÉCIMO: SANCIONES AL RESPONSABLE
POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONVENIO.
En cumplimiento de lo establecido en la glosa
presupuestaria Nº 04, en relación con lo dispuesto en el artículo 23 de la ley
N° 21.289, el RESPONSABLE declara reconocer y aceptar expresamente que la
SUBSECRETARIA está facultada para poner término anticipado al presente convenio
y excluirla de cualquier financiamiento equivalente en ejercicios
presupuestarlos siguientes, si el RESPONSABLE incurre en algún incumplimiento
de acuerdo a lo indicado en el siguiente párrafo.
Si el RESPONSABLE incurriera en incumplimiento parcial o
total de las obligaciones contraídas por el presente convenio, el Ministerio a
través de la SUBSECRETARÍA estará facultado para suspender total o parcialmente
los aportes al plan de gestión, para ejercer las acciones necesarias para
obtener el reintegro de los recursos entregados, hacer efectivos los mecanismos
de resguardo de los recursos entregados señalados en el presente instrumento y para
dar término al Convenio. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley
N° 21.289, especialmente en su artículo 23.
En caso que el/la RESPONSABLE, presentase información que,
a estimación del Ministerio, pueda revestir caracteres de delito, por falsedad
o adulteración de esta, este último remitirá los antecedentes al Ministerio
Público, a objeto de que investigue la situación y en caso de haber delito, se
remitan los correspondientes antecedentes ante el tribunal competente.
DÉCIMOPRIMERO: VIGENCIA DEL CONVENIO. Este convenio tendrá
vigencia a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo
del Ministerio que lo apruebe y regirá hasta la Ejecución Total del plan de
gestión, lo que será certificado por el Ministerio, a través de la
Subsecretaría de las Culturas y las Artes y del Departamento de Administración
y Finanzas del Ministerio, emitiéndose la resolución de cierre del
convenio. Serán estos documentos los
únicos que acrediten el término de la relación contractual entre el Ministerio
y el RESPONSABLE, y se emitirán una vez que se hayan ejecutado íntegramente
todas las actividades comprometidas en el convenio o en su respectiva
readecuación debidamente autorizada; se hayan rendido satisfactoriamente los
recursos adjudicados; y se hayan acreditado los recursos que corresponden a
cofinanciamiento.
DÉCIMOSEGUNDO: DOMICILIO CONVENCIONAL. Para todos los efectos
legales del presente convenio, las partes fijan su domicilio en la ciudad de
Valparaíso, y se someten desde luego a la jurisdicción de sus tribunales
ordinarios de justicia.
DÉCIMOTERCERO: El presente convenio se redacta en 13 (trece)
cláusulas y se suscribe en tres ejemplares de igual fecha, tenor y valor legal,
quedando 1 (uno) en poder del RESPONSABLE y 2 (dos) en poder del Ministerio.
Para todos los efectos legales, forman parte integrante de este Convenio los
siguientes documentos: 1) El formulario de postulación del plan de gestión
(F.U.P.) seleccionado, junto a todo el material que lo acompaña; 2) Los Anexos
acompañados al presente convenio; 3) Las Bases del Concurso aprobadas por
Resolución Exenta N° 1771 de 2021, de la Subsecretaría; y 4) Los
instrumentos modificatorios del presente convenio.
La personería de doña Constance Harvey Bohn para comparecer
en representación del Ministerio, consta en Decreto Supremo N° 06, de 2018, del
Ministerio y en Resolución Exenta N° 677, de 2021, de la Subsecretaría. La
personería de Darío Esteban Cuevas Valencia, para comparecer en representación
del RESPONSABLE consta en certificado de directorio de personas jurídicas sin
fines de lucro de fecha 09 de diciembre de 2021.
Previa lectura, firman en señal de aceptación,
CONSTANCE HARVEY BOHN DARIO CUEVAS VALENCIA
SECRETARIA REGIONAL REPRESENTANTE LEGAL
MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS CORPORACION
CULTURAL DE
ARTES Y EL PATRIMONIO PUTAENDO
RESPONSABLE PLAN DE GESTÍON
ANEXO 1
Formulario
Solicitud de Prórroga
3 |
|
4 |
|
5 |
|
Recuerda: En caso que la prórroga sea aprobada, deberás
suscribir en las oficinas de la SUBSECRETARÍA un anexo modificatorio al
convenio. El anexo de convenio entrará en vigencia una vez aprobado el acto
administrativo que concede la prórroga, y permite la modificación de los plazos
solicitados. |
|||||
Declaración
del Responsable |
Entiendo
y acepto las condiciones descritas en este formulario y el convenio suscrito |
||||
FIRMA RESPONSABLE |
|
USO INTERNO |
Fecha Recepción Oficina de Partes |
|
|
|
|
|||||||||
Propuesta Supervisor plan de gestión |
|
Aprueba |
No Aprueba |
|
||||||||||
Observaciones |
|
|
|
|
||||||||||
|
|
|
|
|||||||||||
|
|
|
|
|||||||||||
|
|
Firma Supervisor |
|
|||||||||||
V°B° Jurídico |
|
V°B° Administración |
|
Firma SUBSECRE TARIO |
|
|
||||||||
Observación |
|
Observación |
|
Aprueba |
|
|
SI |
|
NO |
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|
|
|
Observación |
|
|
|||||||||
|
|
|
Fecha |
|
|
|||||||||
DARIO CUEVAS
VALENCIA
REPRESENTANTE
LEGAL
CORPORACION CULTURAL DE PUTAENDO
RESPONSABLE PLAN DE GESTIÓN
ANEXO 2
Formulario
Solicitud de Reitemización
Fecha Solicitud (dd-mm-aaa) |
|
||||||||||||
Importante: Debes hacer tu
solicitud de forma previa a la fecha de entrega del informe final establecida
en el convenio, adjuntar documentación que respalde tu solicitud y proponer
la distribución de los recursos. |
|||||||||||||
Antecedentes del
plan de gestión |
|||||||||||||
Completa los siguientes datos con letra clara y legible |
|||||||||||||
Folio |
|
Responsable |
|
||||||||||
Convocatoria |
|
RUN/RUT |
|
||||||||||
Título de plan de gestión |
|
|
Natural |
||||||||||
Persona |
|
||||||||||||
|
|||||||||||||
Fuente de Financiamiento |
|
Región |
|
||||||||||
Línea |
|
Modalidad |
|
||||||||||
Fecha de Inicio de plan de gestión (dd-mm-aaaa) |
|
Fecha de Término de plan de gestión (ddmm-aaaa) |
|
||||||||||
Justificación de la
Solicitud: (Explicar de forma clara, breve y concisa los motivos y
circunstancias por los cuáles requieres la reitemización) |
|||||||||||||
|
|||||||||||||
|
|||||||||||||
|
|||||||||||||
|
|||||||||||||
|
|||||||||||||
|
|||||||||||||
Ítem |
Monto Original $ |
Monto
Reitemizado $ |
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Honorarios |
|
|
|||||||||||
Subitem 1 |
|
|
|||||||||||
Subitem 2 |
|
|
|||||||||||
|
|
|
|||||||||||
Operación |
|
|
|||||||||||
Subitem 1 |
|
|
|||||||||||
Subitem 2 |
|
|
|||||||||||
|
|
|
|||||||||||
Inversión |
|
|
|||||||||||
Subitem 1 |
|
|
|||||||||||
Subitem 2 |
|
|
|||||||||||
|
|
|
|||||||||||
|
|||||||||||||
Documentos Adjuntos |
1 |
|
2 |
|
|||||||||
3 |
|
4 |
|
5 |
|
||||||||
Recuerda: En caso que la solicitud sea aprobada, deberás
suscribir en las oficinas de la SUBSECRETARIA un anexo modificatorio al
convenio. El anexo de convenio entrará en vigencia una vez aprobado el acto
administrativo que concede la prórroga, y permite la modificación de los
plazos solicitados. |
|||||||||||||
Declaración
del Responsable |
Entiendo
y acepto las condiciones descritas en este formulario y el convenio suscrito |
||||||||||||
FIRMA RESPONSABLE |
|
||||||||||||
USO INTERNO |
Fecha Recepción Oficina de Partes |
|
|
|
|
|||||||||
Propuesta Supervisor plan de gestión |
|
Aprueba |
No Aprueba |
|
||||||||||
Observaciones |
|
|
|
|
||||||||||
|
|
|
|
|||||||||||
|
|
|
|
|||||||||||
|
|
Firma Supervisor |
|
|||||||||||
V°B° Jurídico |
|
V°B° Administración |
|
Firma SUBSECRE TARIO |
|
|
||||||||
Observación |
|
Observación |
|
Aprueba |
|
|
SI |
|
NO |
|||||
|
|
|
Observación |
|
|
|||||||||
|
|
|
Fecha |
|
|
|||||||||
DARIO
CUEVAS VALENCIA
REPRESENTANTE
LEGAL
CORPORACION
CULTURAL DE PUTAENDO
RESPONSABLE
PLAN DE GESTIÓN
ANEXO Nº 3
FICHA DE INFORMACION
DE PLAN DE GESTIÓN
(PARA APROBACION DE INFORME FINAL ES REQUISITO ADJUNTAR ESTA
FICHA RESUMEN)
Nº PLAN DE GESTIÓN :
NOMBRE DEL PLAN DE :
GESTIÓN
REGIÓN :
LÍNEA :
RESPONSABLE PLAN :
DE GESTIÓN
DIRECCIÓN
TELÉFONO
MAIL MONTO SOLICITADO $
MONTO ASIGNADO $
MONTO $
COFINANCIAMIENTO
EQUIPO DE EJECUCIÓN
(Nombre completo y actividad de las personas que
participaron)
PERÍODO DE
EJECUCIÓN:
(Especificar los meses en que se desarrolló la actividad)
BREVE
DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN INDICANDO ACTIVIDADES A DESARROLLAR:
MOTIVACIÓN
Y RESULTADO:
(Breve descripción del origen del plan de gestión y su
resultante)
DARIO CUEVAS VALENCIA
REPRESENTANTE LEGAL
CORPORACION CULTURAL DE PUTAENDO
RESPONSABLE PLAN DE GESTIÓN
ANEXO N° 4
Informe Programa de
Difusión
N° de Folio |
|
Nombre del plan de gestión |
|
Fondo |
|
Línea |
|
Nombre del Responsable del plan de gestión |
|
Objetivo de la propuesta de Difusión |
|
Descripción de las acciones que contempla la Difusión
del plan de gestión |
|
Nombre del/los establecimientos educacionales públicos
y/o comunidades próximas a ellos en que se desarrollará las acciones. |
|
Región y Comuna del establecimiento y comunidad |
|
Perfil de los beneficiarios (género, nivel escolar,
región, otros) |
|
Número de beneficiarios aproximado |
|
Fecha de realización de la actividad |
|
Adjuntar medio de verificación de desarrollo de la
actividad (por ejemplo fotografías, video, carta del establecimiento
educacional u otro). |
|
DARIO CUEVAS
VALENCIA
REPRESENTANTE
LEGAL
CORPORACION CULTURAL DE PUTAENDO
RESPONSABLE PLAN DE GESTIÓN
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